Por qué sigo recibiendo llamadas comerciales si la ley contra el spam telefónico ya ha entrado en vigor

Aunque la nueva Ley General de Telecomunicaciones las prohíbe, existen algunas excepciones que debemos conocer

Llamadas Comerciales Motivos
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Parece que las llamadas comerciales han encontrado alguna piedra en el camino con la nueva Ley General de Telecomunicaciones. Sin embargo, ya lo decíamos cuando hablábamos sobre la implantación de dicha ley, y es que no supone la muerte de este tipo de llamadas molestas. Por fortuna, siempre nos queda el arma de reclamarlas, además de algunos métodos útiles.

Seguramente si estabas al tanto de la nueva ley, quizá te estés preguntando por qué seguimos recibiéndolas. Hay algunos motivos que vamos a desgranar en este artículo, para que seamos conscientes de las limitaciones de la Ley General de Telecomunicaciones.

Nuestro consentimiento es una barra libre, al igual que dar de baja una línea telefónica

Fin Llamadas Spam

Un aspecto que ya remarcamos de las excepciones de la nueva ley es el consentimiento. Si revisamos el texto original, nos encontramos con el siguiente fragmento que deja claro este apartado:

"No será de aplicación la restricción anterior siempre y cuando exista un consentimiento previo del propio consumidor y/o usuario para recibir comunicaciones comerciales que habilite al propio operador a efectuar las mismas."

Cuando nos suscribimos a un servicio o aceptamos un contrato, normalmente nos presentan los términos y condiciones, que aceptamos sin pestañear. La próxima vez que lo hagan, debemos actuar con cautela pues rechazar estos términos hará que no tengan nuestro consentimiento, evitando las llamadas comerciales.

Sea como sea, si ya hemos aceptado las condiciones y tienen nuestro consentimiento, todavía queda esperanza. Desde al área de clientes, por ejemplo de una teleco, podemos revocar el permiso.

De igual manera, darnos de baja de una compañía telefónica también significa que somos elegidos para recibir las odiosas llamadas comerciales. ¿Por qué? La Ley General de Telecomunicaciones especifica lo siguiente:

"[…] Los usuarios finales de los servicios de comunicaciones interpersonales disponibles al público basados en la numeración podrán seguir ejercitando el derecho a oponerse a recibir llamadas no deseadas con fines de comunicación comercial que se efectúen mediante sistemas distintos de los establecidos en el artículo 66.1.a) y a ser informados de este derecho."

La traducción literal es que nos deja desamparados los siguientes 12 meses desde que solicitamos la baja de un servicio. Por tanto, pueden llamarnos para realizar una contraoferta e intentar convencernos. Afortunadamente, podemos mostrar disconformidad, con lo que deberían detener los contactos.

Quien hizo la ley, hizo la trampa

El tercer caso ya no tiene solución, porque queda fuera de la ley. Si las molestas llamadas comerciales las están realizado desde otros países, no podemos hacer nada. Nuestra ley está en vigor dentro de nuestro territorio, pero no podemos ocuparnos de lo que sucede fuera. Como única solución, nos queda la posibilidad de bloquear la llamada, aunque podrán insistir desde otros números.

Por último, queda un motivo más. Se trata de llamadas que son de interés público, y es que la ley dictamina que pueden continuar sin necesidad de consentimiento siempre y cuando sean de imperiosa necesidad para el ciudadano. Aquí entran llamadas desde instituciones como el INE, llamadas de estudios o campañas de sensibilización.

En definitiva, la salvaje selva de llamadas comerciales por fin ha acabado, pero eso no quita que todavía tengan excepciones para continuar realizándolas. Las hemos descrito, así como posibles soluciones, por lo que ya estamos preparados para afrontarlas de la mejor manera.

Imagen de portada | Stable Diffusion XL

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